tolerancia - www.revistadiezdedos.com

     

  INICIO

Mapa del Sitio Noticias y Eventos Quienes Somos Directorio Publicidad Contáctenos
 
 

 

 

 

 

 

 

+A Con tecla CTRL y + aumentamos el tamaño de letra

-A Con tecla CTRL y - reducimos el tamaño de letra

 
El emblema de la Cruz Roja. Signo protector de la Misión Médica en los conflictos armados


¿Quiénes lo pueden utilizar?

a) El personal sanitario y religioso, civil y militar que, en relación con el conflicto armado, se encargue de la búsqueda, la recogida, el transporte, el diagnóstico, la atención y la asistencia, el tratamiento (incluidos los primeros auxilios) y la rehabilitación a heridos, enfermos, náufragos, personas privadas de la libertad o muertos, o de la administración de unidades sanitarias, o del funcionamiento o administración de los medios de transporte sanitario.


b) La Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana, tras el reconocimiento de la autoridad competente estipulado en la Ley 142 de 1937 y el Decreto 860 de 1998.


c) Las sociedades de socorro voluntarias, los hospitales civiles, los barcos hospitales y otras embarcaciones sanitarias, las empresas de transporte sanitario por tierra, mar y aire, las zonas y localidades sanitarias, con consentimiento de la autoridad competente y solamente durante el tiempo del conflicto armado.

d) Los componentes internacionales del Movimiento de la Cruz Roja, en todo tiempo.

 

 

 

La fuerza pública y el signo protector

 

El personal sanitario y religioso de la Fuerza Pública se identificará con una tarjeta de identidad que lleve el emblema de la Cruz Roja, expedida por la respectiva fuerza (Resoluciones de Comando General y Dirección General) y portará en el brazo izquierdo un brazalete con la Cruz Roja sobre fondo blanco, tal como lo estipulan los Convenios de Ginebra.

 

Tanto en tiempo de paz como de conflicto armado, la Fuerza Pública deberá utilizar el emblema de la Cruz Roja sobre fondo blanco acompañado del nombre de la institución (Ejército, Fuerza Aérea, Armada Nacional y Policía Nacional), para identificar las unidades, el material y los medios de transporte sanitarios a ella adscritos que, además, llevarán el color de la respectiva fuerza.

 

 

 

¿A la misión médica no adscrita a la Fuerza Pública ni a la Cruz Roja le está permitido usar el signo protector en conflicto armado?

 

Sí, siempre y cuando reúna las siguientes condiciones:

a) Que el personal, las unidades, los medios de transporte y el material sanitario estén realizando actividades propias de la Misión Médica, en relación con una situación del conflicto armado.

b) Que esté bajo la dirección de una autoridad competente.

c) Que se someta a las normas del Derecho Internacional Humanitario y de la legislación nacional que regulan lo relativo al uso del emblema de la Cruz Roja.

 

 

 

B. Uso del emblema como signo indicativo

 

El emblema tiene el carácter indicativo cuando sirve para señalar que una persona, un bien o un objeto tienen un vínculo con el Movimiento Internacional de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja.

Según los Convenios de Ginebra y las leyes nacionales, la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana puede, en todo tiempo, utilizar el emblema como signo indicativo, en especial en el desarrollo de tareas humanitarias, asistenciales y de socorro, de conformidad con los Principios del Movimiento Internacional de la Cruz Roja.

 

 

 

Características del signo indicativo

 

En tiempo de conflicto armado, para evitar confusión con el signo utilizado con fines protectores, el signo indicativo:

·         deberá ser de pequeñas dimensiones;

·         deberá indicar la Sociedad Nacional a la que pertenece;

·         no podrá ser pintado en techos;

·         no podrá utilizarse en brazaletes.

 
En Colombia, la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana tiene su propia reglamentación para la identificación de su personal (funcionarios y voluntarios), así como para la señalización de los bienes, las unidades y los vehículos de la institución.

 


¿Qué prohibiciones existen para el uso del emblema?

Las autoridades administrativas competentes se abstendrán de registrar marca alguna con un emblema, una insignia, un distintivo o un logo que consista en una cruz roja, o que lleve el nombre “Cruz Roja”, salvo si lo solicita la Sociedad Nacional de la Cruz Roja con fines de campañas.

 

Además del uso mencionado arriba, se prohíben igualmente:

a) Las imitaciones: se trata de la utilización de cualquier signo que pueda confundirse con el emblema de la Cruz Roja, tanto por el color como por la forma.

b) Las usurpaciones: o sea la utilización del emblema de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja, por entidades o personas que no estén autorizadas para hacerlo o por quienes, estando autorizados a portarlo, lo utilicen en actividades diferentes al ejercicio de la Misión Médica o a las actividades propias de la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana.

 

 

 

El uso pérfido del emblema de la cruz roja

 

Se trata de la utilización, en tiempo de conflicto armado, del emblema de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja, por actores armados con el fin de proteger, camuflar u ocultar a combatientes o material de guerra, o realizar operaciones militares.

 

 

 

Esta utilización es considerada como un crimen de guerra y, por lo tanto, debe ser sancionada.

Control para garantizar el uso correcto del emblema

De acuerdo a la legislación colombiana (Decreto 860/98) corresponde a las autoridades nacionales velar, en todo tiempo, por el estricto respeto y cumplimiento de las normas relativas al buen uso del emblema y de las señales distintivas, así como tomar las medidas indispensables de tipo administrativo y/o penal para sancionar las violaciones al uso indebido del emblema.

 

 

Artículo tomado de: www.icrc.org

 

Comité internacional de la Cruz Roja

 

Anterior  >>>

 

  Arriba                                                     Ir a la sección Tolerancia >>>

 

© Revistadiezdedos Todos los derechos reservados. Diseño web: SIMediosweb   Tuluá - Valle del Cauca - Colombia

 

Sitio web optimizado para una resolución de 800 x 600 píxeles